SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR: Comercio Electrónico – Exhibición de productos – Condiciones

Sep 10, 2021
SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR: Comercio Electrónico – Exhibición de productos – Condiciones

LA SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR RESUELVE: Establécese para las locaciones virtuales pertenecientes u operadas de forma directa o indirecta por los sujetos alcanzados por el Artículo 3o de la Ley N°. 27.545 de Góndolas, lo siguiente: Los productos incluidos en el Anexo I de la Resolución N° 110 de fecha 27 de enero de 2021 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO deberán exhibirse en la primera visualización de acceso conforme un estricto orden de aparición determinado por el menor precio por unidad de medida, bajo un principio de neutralidad sin destaques o leyendas promocionales.