Poder Ejecutivo Nacional: LEY DE COMPETITIVIDAD – Cuentas de pago – Modificaciones

May 10, 2021
Poder Ejecutivo Nacional: LEY DE COMPETITIVIDAD – Cuentas de pago – Modificaciones

El Presidente de la Nación Argentina decreta: tratándose de movimientos de fondos en cuentas de pago, los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) o las empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros, según corresponda, serán los encargados de actuar como agentes de liquidación y percepción, encontrándose el impuesto a cargo de los titulares de las cuentas respectivas. Se entiende por “cuentas de pago” a aquellas definidas por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA en su Comunicación “A” 6885 del 30 de enero de 2020 y sus normas modificatorias y complementarias, o en aquella que la reemplace en el futuro.