Más posiciones arancelarias con Licencias no Automáticas

Sep 13, 2016

A través de la Resolución 264/2016 de la Secretaría de Comercio del Ministerio de Producción, se incorporaron 17 Posiciones arancelarias a la lista de productos que deben tramitar Licencias No Automáticas para su importación.

Los bienes alcanzados son:

– Productos de las Industrias Químicas o de las Industrias conexas: Composiciones vitrificables, engobes y preparaciones similares; Abrillantadores (lustres) líquidos y preparaciones similares; Frita de vidrio y demás vidrios, en polvo, gránulos, copos o escamillas. (3207.20.10; 3207.20.99; 3207.30.00; 3207.40.10 y 3207.40.90).

– Madera: Pasta química de madera a la sosa (soda) a al sulfato, excepto la pasta para disolver, Semiblanqueada o blanqueada, De coníferas, Únicamente de pino. (4703.21.00).

– Papel y cartón: excepto con todas las capas blanqueadas; con sólo una capa exterior blanqueada; con 3 o más capas blanqueadas solamente. (4804.11.00; 4805.93.00; 4807.00.00).

– Centrifugadoras, incluidas las secadoras centrifugas; Aparatos para filtrar o depurar líquidos. (8421.23.00; 8421.31.00;  8421.39.20; 8421.99.10; 8421.99.99).

– Artículos de grifería y órganos similares: únicamente los juegos de grifería sanitaria para baño; juegos de grifería sanitaria para cocina de 2 llaves o monocomando, ambos sin sistema de cierre cerámico; Válvulas del tipo para aerosol o de los artículos de grifería u órganos similares. (8481.80.19; 8481.90.10).

– Pelotas de tenis (9506.61.00).


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