BCRA: Servicios financieros en el marco de la emergencia sanitaria-Fin de CR a tasa subsidiada

Nov 6, 2020
BCRA: Servicios financieros en el marco de la emergencia sanitaria-Fin de CR a tasa subsidiada

A los fines prácticos, se dejan sin efecto los llamados “Créditos al 24%” por un límite máximo equivalente al monto que resulte del número de asalariados (F. 931) multiplicado por el importe del Salario Mínimo Vital y Móvil más un 20 %– y la posibilidad de imputarlas para las deducciones previstas en los puntos 1.5.5. y 1.5.7. de las normas sobre “Efectivo mínimo”. Esta decisión es complementaria a la de limitar al máximo el acceso al Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción sólo para los sectores denominados “críticos”.
De ésta manera las PYME deberán, de ahora en más resolver afrontar su nómina salarial completa sin asistencia de la política pública a pesar que, dada la necesidad de cumplir estrictamente los Protocolos de Bioseguridad que implican determinadas pautas de organización productiva que limitan la competitividad y productividad anterior a la emergencia sanitaria y, adicionalmente, conforme a la Resolución 1541/2020 del Ministerio de Salud una parte del personal estará exceptuado de concurrir a prestar funciones por ser parte de los denominados “Grupos de Riesgo”.