IMPORTANTE COVID-19 – ASEGURADORAS DE RIESGO DEL TRABAJO INFORMACIÓN NO ACTUALIZADA

Ene 5, 2022

Tal como surge de la información que se brinda desde el Ministerio de Salud (nacional) estamos ante la circulación comunitaria de una nueva variante del denominado SARS- CoV-2 (conocido también como Coronavirus o 2019-nCOV 2, entre otras denominaciones). Dicha nueva variante denominada “ómicron” que convive -siempre según las autoridades sanitarias- con otra variante denominada “delta”.

Según las autoridades sanitarias, ambas variantes exhiben un alto grado de contagiosidad, aunque, según lo conocido hasta el momento, la diferencia sería el mayor (delta) o menor impacto (ómicron) sobre los riesgos para la salud humana y sus consecuencias en términos de letalidad.

Valga esta introducción para destacar que algunas Aseguradoras de Riesgo del Trabajo (ART) están enviando a las Empresas un mensaje que señala que la cobertura de esta enfermedad ha llegado a su fin tal como oportunamente lo dispusiera el Decreto (DNU) 367/2020 (Boletín Oficial del 14/04/20) artículos 1° y 2° para lo cual se fundamentan en el vencimiento del plazo establecido por el DNU 39/2021.

Cabe destacar que la vigencia de la presunción de enfermedad profesional derivada del SARS- CoV-2 y que debe ser cubierta por las ART “Esta presunción y la prevista en el artículo 1° del presente rigen, para este sector de trabajadores, hasta los SESENTA (60) días posteriores a la finalización de la vigencia de la declaración de la ampliación de emergencia pública en materia sanitaria realizada en el Decreto 260/20, y sus eventuales prórrogas.” (Artículo 4° del DNU 367/2020)

Cabe destacar que el Decreto (DNU) 867/2021 (Boletín Oficial del 24/12/2021) prorrogó dicha Emergencia Sanitaria hasta el 31/12/2022. Destacamos que el mismo DNU prorrogó, simultáneamente todos los Protocolos Sanitarios aprobados (artículo 14°).

Simultáneamente, y en el marco de la Emergencia Pública en Materia Ocupacional, el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto 886/2021 (Boletín Oficial del 4/01/2022) se resolvió ampliar: “hasta el 30 de junio de 2022, la emergencia pública en materia ocupacional declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 34/19 y ampliada por sus similares Nros. 528/20, 961/20 y 39/21” (Artículo 1°)

Dicha ampliación implica que la norma citada por las ART (DNU 39/2021) informando el fin de la cobertura de la enfermedad esta desactualizada y no resulta aplicable dado que, como puede observarse, el citado DNU 39/2021, está incluido entre las normas prorrogadas por el DNU 866/2021. Adjuntamos, nuevamente, el DNU 866/2021..

Destacamos que oportunamente, todas las Normas citadas fueron enviadas en las publicaciones diarias que la UIO hace en su página web y que están disponibles evitando informaciones desactualizadas como en este caso por parte de algunas ART   

.


ACLARACIÓN IMPORTANTE