AFIP Y MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL: Sector Privado. Beneficio de reducción de contribuciones patronales.

Sep 30, 2021
AFIP Y MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL: Sector Privado. Beneficio de reducción de contribuciones patronales.

LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Y EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, RESUELVEN: Las empleadoras y los empleadores del sector privado que contraten nuevas trabajadoras y trabajadores a través de las modalidades contractuales establecidas en el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 9 del 14 de septiembre de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y el MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a partir del 1 de septiembre de 2021 y durante los 12 meses siguientes, podrán acceder al beneficio de reducción dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 493 del 5 de agosto de 2021, en el pago de contribuciones patronales vigentes con destino al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJYP), al Fondo Nacional de Empleo (FNE), al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y al Régimen Nacional de Asignaciones Familiares (RNAF), siempre que las trabajadoras y los trabajadores contratados hubieran participado durante los últimos DOCE (12) meses, o se encuentren participando al momento de inicio de la relación laboral, en programas y/o políticas educativas, de formación y empleo y de intermediación laboral, incluidos en el anexo I del Decreto N° 493/21.


ANEXO I