AFIP: Impuesto sobre los Bienes Personales – Excepción para pago a cuenta

Feb 12, 2021
AFIP: Impuesto sobre los Bienes Personales – Excepción para pago a cuenta

La Administradora Federal resuelve incorporar como inciso c) del primer párrafo del artículo 4° de la Resolución General No 4.673 y su complementaria, el siguiente: “c) Cuando la suma de los importes de los anticipos abonados, conforme a lo establecido por la Resolución General N° 2.151, sus modificatorias y complementarias, y del pago a cuenta calculado de acuerdo a lo dispuesto por la presente norma, den como resultado un importe superior al impuesto determinado estimado para el período fiscal

  1. Dichos cálculos se efectuarán en papeles de trabajo que deberán conservarse en archivo a disposición de
    este Organismo.”