BCRA: Exterior y cambio – Adecuaciones – Bienes suntuarios y otros

Ene 7, 2021
BCRA: Exterior y cambio – Adecuaciones – Bienes suntuarios y otros

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“ 1. Establecer el requisito de conformidad previa del BCRA para el acceso al mercado de cambios para la realización de pagos de importaciones de aquellos bienes que correspondan a las posiciones arancelarias comprendidas en el Anexo I, excepto cuando el acceso tenga lugar una vez transcurridos 90 días corridos desde la fecha de registro de ingreso aduanero de los bienes o la mercadería haya sido embarcada hasta el 06.01.2021 o se verifiquen las condiciones de exclusión previstas en el anexo para la posición.
En caso de cursar pagos por dichas posiciones antes del plazo enunciado, la entidad deberá archivar a disposición de la SEFYC la documentación que le permitió considerar al pago exceptuado del mencionado requisito.