PODER EJECUTIVO NACIONAL: REPSAL – Excepciones durante Emergencia Sanitaria

Nov 5, 2020
PODER EJECUTIVO NACIONAL: REPSAL – Excepciones durante Emergencia Sanitaria

El Presidente de La Nación Argentina decreta: exceptúase a los empleadores y a las empleadoras que resultaren pasibles de las sanciones previstas por la Ley No 26.940 de la aplicación de lo previsto en los artículos 13 y 14 de dicha Ley, durante el término de vigencia de la emergencia declarada por la Ley No 27.541, ampliada por el Decreto N° 260/20.
La excepción dispuesta en el párrafo anterior no alcanza a los supuestos previstos en el inciso h) del artículo 2° y en los artículos 3° y 4° de la Ley N° 26.940.