INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA: Planes de Ahorro – Diferimiento de gastos administrativos

Ago 27, 2020
INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA: Planes de Ahorro – Diferimiento de gastos administrativos

El Inspector General de Justicia resuelve modificase el artículo 1° de la Resolución General IGJ No 14/2020, adoptándose el siguiente texto: “Opción de diferimiento-Obligatoriedad Artículo 1° – Las entidades administradoras de planes de ahorro bajo modalidad de “grupos cerrados”, deberán ofrecer a los suscriptores ahorristas y adjudicados titulares de contratos cuyo agrupamiento se haya producido hasta la fecha de vigencia de la presente resolución, la opción de diferir la alícuota y las cargas administrativas de acuerdo con el esquema que se expone en el artículo 3°. El diferimiento podrá hacerse sobre hasta un máximo de doce (12) cuotas consecutivas por vencer al momento de ejercerse la opción. “La opción de diferimiento ofrecida en cumplimiento de la Resolución General IGJ No 14/2020 deberá mantenerse por un plazo que vencerá el 31 de diciembre de 2020”.