PBA: Prohibición de corte de servicios públicos

Jul 31, 2020
PBA: Prohibición de corte de servicios públicos

El Gobernador de la Provincia de Buenos Aires decreta modificar el artículo 2o de Decreto No 194/2020, el que quedará redactado de la siguiente manera: «ARTÍCULO 1o. Establecer que los prestadores de los servicios públicos de distribución de energía eléctrica y de agua potable y desagües cloacales en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, no podrán disponer la suspensión o el corte de los citados servicios, a los usuarios y las usuarias que indica el artículo 3o del Decreto Nacional No 311/2020, en caso de mora o falta de pago de hasta seis (6) facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1o de marzo de 2020, incluyendo expresamente a los usuarios y las usuarias con aviso de corte en curso.»