Poder Ejecutivo Nacional: Prorroga de repatriación de capitales (Decreto 330-2020)

Abr 1, 2020
Poder Ejecutivo Nacional: Prorroga de repatriación de capitales (Decreto 330-2020)

ARTÍCULO 1°.- Prorrógase hasta el 30 de abril de 2020, inclusive, la fecha de repatriación prevista para el período fiscal 2019, a los fines de lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Decreto N° 99/19.

ARTÍCULO 2°.- Incorpórase como cuarto párrafo del artículo 11 del Decreto N° 99/19 el siguiente:

“El beneficio previsto en este artículo resultará procedente cuando los fondos y los resultados, derivados de las inversiones mencionadas en el segundo párrafo -obtenidos antes del 31 de diciembre, inclusive, del año calendario en que se hubiera verificado la repatriación- se afectaran a cualquiera de los destinos mencionados en este y en las condiciones allí establecidas, incluso, de manera indistinta y sucesiva a cualquiera de ellos”.

ARTÍCULO 3°.- Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia a partir del 31 de marzo de 2020.