Reforma tributaria: reducción de impuestos, alivio en Ganancias y otros puntos claves

Dic 29, 2017

Sres. Asociados: Les hacemos llegar un resumen de las medidas contenidas en la reforma tributaria implementada a través de la Ley 27430 promulgada este viernes 29.

La reforma tributaria apunta a reducir la presión impositiva en un lapso de cinco años.

Principales puntos

La ley promovida por el poder Ejecutivo busca rebajar impuestos distorsivos, grava la renta financiera y modifica gravámenes internos, como los que alcanzan al tabaco -se fija una alícuotadel 73%- y los combustibles.

La reforma es de carácter gradual y en un plazo de cinco años ( hasta 2022), se espera un alivio en la presión tributariaequivalente al 1,5% del PBI, con la intención de alentar la inversión y la creación de empleo.

Se gravará la renta financiera: los activos financieros denominados en moneda extranjera o indexados a la inflación pasarán a estar gravados al 15%.

Las ganancias no distribuidas de las compañías pasarán a estar gravadas al 25%.

Para incentivar la inversión, se fijan beneficios para la reinversión de utilidades -se reduce la alícuota del impuesto a las Ganancias de 35% a 25%-, y se establece la devolución anticipada de saldos de IVA por las inversiones que hagan las compañías a largo plazo

Respecto de la reducción de los aportes patronales, el proyecto establece que las empresas no los pagarán hasta una remuneración bruta de $12.000 para 2022 (ajustado a la inflación que haya en ese entonces).Se trata de una escala que comienza el año próximo con $2.400, sigue en 2019 con $4.800, en 2020 con $7.200 y en 2021 con $9.600.

Otro eje de la reforma es la exención del impuesto a las Ganancias para los inversores no residentes, salvo en el caso de Lebacs.

Otro aspecto que introduce el proyecto es la eliminación del impuesto a las transacciones inmobiliarias, en tanto que pasarán a gravarse las ganancias de capital en las viviendas que no correspondan a uso familiar.

Se dejó sin efecto la eliminación inmediata de impuestos internos a la venta de productos electrónicos que no se fabriquen en Tierra del Fuego y a los autos y motos de gama media. La reforma propone una reducción escalonada de dichos impuestos: a partir de enero estos productos tributarán el 10,5% hasta llegar al 2% en el 2023.

Las cooperativas y mutuales se mantendrán exentas del pago del impuesto a las Ganancias.

Por otra parte, la reforma establece que el impuesto para las bebidas espirituosas pasará del 20 al 26%, mientras que las cervezas pasarán del 8 al 14%, a excepción de las artesanales, para las que se mantendrá el impuesto del 8%.

Se hallan exentas de este impuesto las cervezas que tengan hasta 1,2 grados de alcohol en volumen.

Las bebidas que contengan cafeína y taurina tributarán con una tasa del 10%.

En el caso de las bebidas azucaradas, se mantiene el actual impuesto del 4% para aquellas gaseosas que tienen jugo de limón y 8% para las que no son alcohólicas, con o sin azúcar.

Ganancias sobre las indemnizaciones: Las indemnizaciones por despido de «cargos directivos y ejecutivos de empresas públicas y privadas» serán gravadas por ganancias en caso de que excedan los montos indemnizatorios mínimos.