ARBA: VISTO el expediente N° 22700-0005121/2022, por el que se propicia modificar el artículo 320 de la Disposición Normativa Serie “B” N° 1/2004 y modificatorias

Ene 26, 2022
ARBA: VISTO el expediente N° 22700-0005121/2022, por el que se propicia modificar el artículo 320 de la Disposición Normativa Serie “B” N° 1/2004 y modificatorias

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE: Sustituir el artículo 320 de la Disposición Normativa Serie “B” N° 1/2004 y modificatorias, por el siguiente: “Sujetos obligados como agentes. ARTÍCULO 320.- Se encuentran obligados a actuar como agentes de recaudación, en las operaciones de venta de cosas muebles, locaciones (de obras, cosas o servicios) y prestaciones de servicios que realicen, los siguientes sujetos: a) Como agentes de percepción y de retención, las empresas que hubieran obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y exentos) por un importe superior a doscientos cincuenta millones de pesos ($250.000.000), debiéndose computar, a estos efectos, los ingresos provenientes de todas sus actividades y en todas las jurisdicciones.